jueves, 17 de noviembre de 2022

ACUSADOS DE ABUSOS A UN DISCAPACITADO, UN CURA Y SU HERMANO YA NO IRÁN A LA CÁRCEL


Lazarillo

Recuerdo haber leído esta noticia en su día, por la impactante impresión que me causó, por eso ahora no puedo evitar mi inquietud, ni tampoco mi suspicacia, ante la información que hoy publica el diario ILeón y supongo que otros medios de la provincia: con una celeridad no habitual, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha resuelto en apenas mes y medio el recurso planteado por un sacerdote y su hermano, que habían sido condenados por la Audiencia Provincial de León a seis años de cárcel por un delito de abuso sexual continuado en la persona de un joven con una discapacidad reconocida del 64 por ciento. La sentencia aplicada entonces consideró probado que cura no solo tocó las partes íntimas de la víctima, sino que lo masturbó, y que su hermano llegó a intentar al menos una vez penetrar analmente al joven. Los abusos se produjeron en 2018 en la localidad leonesa de Carrizo de la Ribera. El TSJCYL, sin embargo, y una vez presentado el correspondiente recurso por la defensa, no acepta la versión de los hechos y la sustituye por completo. Cuestiona la verosimilitud del testimonio del denunciante, utilizando su discapacidad para argumentar, literalmente, que “un intelecto como el examinado es capaz de fabular una historia acoplándola a la realidad y creyendo haber sido el protagonista de la misma, sustituyendo de ese modo la veracidad de los sucedido por lo representado en su propia imaginación”. Según el citado tribunal, además, “otras personas cercanas le han podido sugerir [al joven] lo que ellos pensaban que había sucedido”. La Sala acusa al denunciante de tener un “nivel [intelectual] considerablemente inferior al promedio de la población”, por lo que considera que “la credibilidad es muy baja”, y asegura que “no consta que a consecuencia de los hechos narrados [el supuesto abuso sexual continuado] le resten secuelas o trastornos de ningún tipo”. “La conclusión que se extrae”, zanja el presidente del TSJCYL, José Luis Concepción Rodríguez, “es que ha faltado a la verdad”, por lo que “esta Sala no es capaz de alcanzar una plena convicción en orden a la culpabilidad de los recurrentes” y los absuelve de ir a prisión, así como de la indemnización económica de 6.000 euros por daño moral a la víctima que se les había impuesto en primera instancia. Nada dicen las informaciones acerca de si habrá recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en vista de lo que sentenció en su día la Audiencia Provincial leonesa: Condenados un cura y su hermano a seis años de cárcel por abusar de un joven con discapacidad. 

      DdA, XVIII/5.310     

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