Anteyer me frotaba los ojos,
incrédulo, al ver al PP-PSOE, Rajoy-Sánchez, firmando un pacto antiterrorista
(antiyihadista, dicen, intentando maquillarlo). El PSOE asegura quitar cuando
gobierne la cadena perpetua, que además ha recurrido ante el Tribunal
Constitucional. ¿Por qué firma entonces el pacto que lo incluye y lo liga al
Código Penal, que también requeriría ser reformado?
El País publica un editorial (En
defensa de la libertad), que viene a decir que ese pacto antiterrorista firmado ayer es un paso
imprescindible para combatir el yihadismo. En otras palabras, el mantra de los
próximos días. La mentira o la media verdad de la semana. No me entra la cabeza
que la pena de cadena perpetua tenga algún efecto disuasorio para alguien
dispuesto a suicidarse-inmolarse y así conseguir una plaza especial en el
paraíso junto a Mahoma y Alá. La policía y el gobernante, eso sí, tienen las
manos libres para actuar con la impunidad que le permite el pacto PP-PSOE a la
hora de conculcar derechos y libertades de la ciudadanía.
Dice el PSOE que eliminará este
punto del Acuerdo antiterrorista “cuando gobierne". ¿Pero en qué mundo vive el Partido otrora
socialista, liderado de momento y aparentemente por Sánchez? ¿Con quién podrá
pactar ese cambio en el Pacto? ¿Es que aún espera realmente tener la mayoría
suficiente como para proponer/imponer tales cambios?
¿Han pensado seriamente unos y
otros qué es eso de terrorismo? Se agarran a los últimos videos donde el Estado
Islámico degüella a periodistas, pero a muchos más ejecuta “legalmente” Arabia
Saudí, aliado de los Estados Unidos y buen suministrador de dinero al Estado
islámico y el yihadismo, y nadie dice una sola palaabra. ¿Es menos terrorismo
los asesinatos de ciudadanos en Chiapas y Guerrero a manos de paramilitares y
narcos mexicanos? ¿Alguna vez hemos visto algunos de estos asesinatos en los
medios? ¿Qué tiene de más el terrorismo yihadista respecto del terrorismo
sionista?
¿Cuánto terror causó el atentado contra las Torres Gemelas y cuánto
la invasión de “las fuerzas aliadas” en
Irak, escudándose en mentiras y patrañas, dejando un millón de muertos, civiles
en su inmensa mayoría?
El PSOE fue
ejemplo y punta de lanza en la defensa de la democracia y de la clase
trabajadora en España. Baste pensar para ello en Largo Caballero, Indalecio
Prieto, Julián Besteiro o la Revolución de 1934. Ahora el PSOE ha llegado ya al
último escalón autodegradante al que
puede llegar un partido político: la carencia absoluta de CREDIBILIDAD. Ayer el
PSOE se hizo el harakiri con la firma del Pacto antiterrorista con el PP. Me
vienen a la memoria las felonías, las mentiras, los graves insultos e infamias
vertidos por el Partido Popular durante el Gobierno de ZP en materia de
terrorismo, víctimas y antiterrorismo. Resulta incluso raro que Rajoy no haya
propuesto a Sánchez también la firma conjunta de la teoría de la conspiración
en el 11-M.
El Pacto antiterrorista va ligado
a la reciente reforma del Código Penal, aprobada el 21 de enero en el Congreso
de los Diputados. Entre las medidas previstas, están las relativas a “atentado,
resistencia y desobediencia”. He recibido avisos por parte de especialistas en
leyes amigos y he tomado nota de qué se pretende subrayar en el texto recibido de
la última sanción de 600 euros, aún en Recurso de Alzada, al leer, por ejemplo
en el BOE (121/000065 Proyecto de Ley Orgánica por la
que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código
Penal):
Centésimo undécimo. Se introduce un nuevo
artículo 172 ter, con el siguiente contenido:
«1. Será castigado con la pena de prisión de tres
meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a
una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente
autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere
gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:
1º La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
2º Establezca o intente establecer contacto
con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras
personas.
3º Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos
o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en
contacto con ella.
4º Atente
contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de
otra persona próxima a ella.
5º Realice cualquier otra conducta análoga a las anteriores.
DdA, XII/1915
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