Pascual Serrano
En 
diciembre de 2012, con la excusa de unas sanciones económicas de la 
Unión Europea a Irán, el gobierno español prohíbe la difusión en España y
 en América Latina por el satélite Hispasat de dos cadenas de televisión
 iraníes. Se trataba de Press TV, un canal informativo que emite en 
inglés las 24 horas, e Hispan TV, un canal español que incluye 
entrevistas, documentales, series y debates, entre ellos uno presentado 
por Pablo Iglesias con el título Fort Apache. Es evidente que unas 
sanciones comerciales no tienen ninguna relación con la prohibición de 
difundir medios de comunicación. Incluso la Comunidad de Madrid prohibió
 un mes después la difusión de Hispan TV a través de una frecuencia de 
UHF que alquilaba. Fue todo un ataque a la libertad de expresión por 
parte de un gobierno que suele montar alharacas contra América Latina 
acusándoles de cerrar medios de comunicación cuando los que allí tienen 
ahora prohibidos son los canales iraníes que veían a través del satélite
 español.
La 
segunda parte de la historia todavía es más insultante. En junio de este
 año la secretaría de Estado de Telecomunicaciones cambia de opinión y 
decide autorizar a Hispasat la difusión de Hispan TV. El motivo, que el 
secretario de Estado norteamericano, John Kerry, emitió cuatro meses 
antes “una autorización para que las compañías europeas pudiesen de 
nuevo transmitir los canales iraníes sin correr el riesgo de ser 
sancionadas por EE.UU.” ¿Y por qué el cambio de postura de los 
norteamericanos? Pues, según The Wall Street Journal, porque Teherán no 
impedirá la difusión en la región de la BBC y de Voice of America en 
farsi.
En 
conclusión, que aquí en las colonias estadounidenses, según se lleve 
bien o mal un país con los Estados Unidos, nuestro gobierno prohibirá o 
no su televisión. O prohibirá primero y luego quitará la prohibición 
según lo que le vayan diciendo desde Washington. Y luego están los 
otros, los gobiernos de Ecuador, Venezuela, Argentina..., que nos dicen 
que atentan contra la libertad de expresión.
                           DdA, XI/2818                    
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