jueves, 14 de agosto de 2014

LAS HERRAMIENTAS DE LA INFORMACIÓN SOLO SON ILEGALES EN LAS DICTADURAS

 Un joven es grabado por un policía mientras llora. desalojo de La Madreña / P. LORENZANA 
Félix Población

Leemos una información según la cual el Ministerio del Interior advierte de que la Policía puede incautar cámaras de video, de fotos o cualquier otro objeto si los agentes consideran que pueden emplearse para cometer algún acto ilegal. Así se expresa el Gobierno en una respuesta parlamentaria escrita que desde ese departamento se da a la cuestión planteada por Izquierda Unida, a raíz de la incautación de ese material llevada a cabo por los agentes con ocasión de su entrada en el Centro Social La Madreña, de Oviedo, el pasado mes de mayo.

Interior asegura que "no se ha impartido directriz o instrucción alguna" a este respecto, pero advierte de que "con carácter general" y "de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana", los agentes policiales "podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales". 

El diputado de IU Gaspar Llamazares quiso saber "cuáles son el criterio y las directrices del Ministerio del Interior para que la Policía se incaute de cámaras pertenecientes a ciudadanos y borre las imágenes fotografiadas o filmadas mediante las mismas", sin obtener más contestación que la expuesta. 

Lo que sí cabe admitir, en cualquier caso, es que esa herramientas reflejan la realidad, con mucha más precisión que el boli de un cronista y que, como tales, son herramientas de información cuyo uso y práctica deberían estar respaldados por el derecho constitucional que la vigente Constitución respalda, pues atañen a la libertad de expresión de los ciudadanos.

Todos sabemos a do conduce un régimen político que pretende controlar las herramientas de la información, ya sea mediante la incautación o la  censura y borrado de las imágenes de la realidad que a través de las mismas se pueden publicar para un cabal conocimiento de la misma. ¿Son esas acciones ilegales para el Ministerio del Interior? ¿O lo ilegal en una democracia que se precie es que un policía apalee a un manifestante sin motivo y éste no pueda tener el testimonio de esa acción, tal como ocurría en el viejo régimen? La nueva ley de seguridad ciudadana, de la que se ocupa Richart hoy en este mismo DdA, se inscribe en la nostalgia de aquel infausto ayer. 

Puntos de Página

@Una vecina de Malpica de Tajo es multada por grabar el Pleno municipal.
El alcalde-Presidente de la localidad crea una ley para prohibir la grabación o fotografías de los Plenos municipales, a pesar de que el artículo 20 de la Constitución ampara la grabación y difusión de plenos y actos públicos de los ayuntamientos para preservar derechos fundamentales como la libertad de información y la participación política.
 

                                        DdA, XI/2.769                                   

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