Las voces que intentan que actos de acoso se confundan con escraches están legitimando acciones violentas que degeneran la vida política. El acoso político no debería tener lugar en ningún país democrático.
Felipe González Santos
Cada poco tiempo, la palabra escrache aparece en el debate político y la expresión se utiliza de forma interesada hasta un punto en el que su significado se ha deformado, muchas veces llevando a confusión sobre lo que realmente es esta acción. Durante este verano se han visto numerosos ejemplos en los que se intenta categorizar como escraches acciones que distan mucho de esta táctica. Los ejemplos más sonados este verano han sido la campaña de acoso al vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, y a la ministra de igualdad, Irene Montero, además de los ataques violentos al coche en el que viajaba la ministra de trabajo Yolanda Díaz.
Cada poco tiempo, la palabra escrache aparece en el debate político y la expresión se utiliza de forma interesada hasta un punto en el que su significado se ha deformado, muchas veces llevando a confusión sobre lo que realmente es esta acción. Durante este verano se han visto numerosos ejemplos en los que se intenta categorizar como escraches acciones que distan mucho de esta táctica. Los ejemplos más sonados este verano han sido la campaña de acoso al vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, y a la ministra de igualdad, Irene Montero, además de los ataques violentos al coche en el que viajaba la ministra de trabajo Yolanda Díaz.
Entender bien lo que es un escrache es
importante porque la justicia española ha determinado que estas acciones
son “un mecanismo ordinario de
participación democrática de la sociedad civil” y, por lo
tanto, no constituyen ningún delito. El hecho de que desde la justicia se haya
considerado que los escraches son legales indica que se tratan de una acción
diferente del acoso o las coacciones, que están castigadas con penas de multa o
incluso prisión.
La confusión, a veces interesada, que
ciertas personas intentan imponer en cuanto a qué es un escrache tiene dos
consecuencias negativas para la democracia. Por un lado, aquellas personas que
presentan los escraches como acoso o coacciones están criminalizando una
herramienta legal que está a disposición de la ciudadanía organizada para
exigir que sus representantes políticos rindan cuentas, reduciendo los límites
de la acción política extrainstitucional. Por otro lado, las voces que intentan
que actos de acoso se confundan con escraches están legitimando acciones
violentas que degeneran la vida política. La brocha gorda a la hora de definir
qué es y qué no es un escrache perjudica las posibilidades de la ciudadanía de
expresarse democráticamente.
QUÉ ES UN ESCRACHE:
DEFINICIÓN Y EJEMPLOS
Un escrache es una acción pública y no
violenta, que tiene lugar en el domicilio u oficina de un representante
político y que está organizada por un colectivo al que se le ha privado de
algún derecho y que busca la rendición de cuentas de una figura pública a la
que se identifica como responsable del agravio. Estas acciones surgieron en
Argentina en 1995 para denunciar la impunidad de miembros de la dictadura militar que
gobernó el país entre 1976 y 1983. Después de que el gobierno presidido por
Carlos Menem indultase a personas condenadas por torturas y asesinatos, los
familiares de los ‘desaparecidos’ se juntaban en frente de los domicilios y los
lugares de trabajo de las personas condenadas para denunciar la impunidad de
estos criminales e informar a la ciudadanía de la presencia de estas personas
en el barrio.
En España, los escraches se popularizaron en 2013,
cuando representantes del Congreso amenazaban con bloquear la discusión
de la Iniciativa Legislativa Popular
(ILP) promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (la
PAH) y otros grupos. Esta iniciativa pedía que se regulase la dación en pago,
que se parasen los desahucios de primeras viviendas y que se promoviese la
vivienda social. A pesar de que las organizaciones promotoras habían conseguido
casi un millón y medio de firmas, tres veces más de las 500.000 requeridas para
que una ILP llegue al Congreso, la mayoría del Partido Popular en la mesa del
Congreso amenazaba con impedir que la propuesta si quiera se debatiese en la
Cámara baja. Ante esta situación, miembros de la PAH se congregaban delante de
domicilios y lugares de trabajo de diputados y diputadas para informarles de forma pacífica sobre la
iniciativa y convencerles de que permitieran que la ILP se debatiera en el
Congreso.
¿QUÉ DICEN LOS JUECES? CUATRO
PUNTOS PARA IDENTIFICAR UN ESCRACHE
Hay varias características que
distinguen un escrache de un acto de acoso o extorsión, que hacen que, a
diferencia de las otras acciones, los escraches sean legales. En 2013, el auto Nº 81/14 de la Sección 16ª de la Audiencia Provincial
de Madrid dictó que los escraches no constituyen un delito ya
que son “un mecanismo ordinario de participación democrática de la
sociedad civil y expresión del pluralismo de los ciudadanos”. Por lo
tanto, es importante saber cuáles son estas diferencias ya que son lo que
marcan la línea entre una actividad que forma parte del repertorio de la
ciudadanía organizada y actos que la legislación castiga con penas de multa o
incluso prisión y que deben ser repudiados sin ambigüedades. En las 10 páginas
del auto, la Audiencia Provincial de Madrid también apunta cómo identificar lo
que es (y lo que no es) un escrache.
Primero, un escrache debe estar dirigido
a un representante político. El auto de la Audiencia Provincial de Madrid hace
referencia a las sentencias 105/1990 y 85/1992 del Tribunal Constitucional que
estipulan que “los límites permisibles de la crítica son más amplios si esta se
refiere a personas que por dedicarse a actividades públicas están expuestas a
un más riguroso control de sus actividades y manifestaciones(...) pues
precisamente en un sistema inspirado en los valores democráticos, la sujeción a
esa crítica de carácter público es inseparable de todo cargo de relevancia
pública”. Mientras que una concentración en el domicilio de alguien que no
ostenta un cargo público podría considerarse un acoso, esto no sucede en el
caso de un representante político.
Segundo, un escrache debe estar motivado
por una causa concreta y ésta no debe consistir en limitar la capacidad de
obrar de la persona a la que va dirigido. En el mismo auto se especifica que un
escrache tiene como fin que una reivindicación política sea escuchada y tenga
repercusión en la opinión pública. Por lo tanto, las personas manifestantes
deben estar unidas por algo más que su ideología o su desacuerdo ideológico con
un representante político. Además, la Audiencia Provincial de Madrid especifica
que un escrache no puede equipararse a un delito de coacciones precisamente
porque no busca limitar la capacidad de actuación del representante político.
Un escrache debe tener un mensaje que se traduzca en una demanda política.
Tercero, un escrache debe ser una
concentración pacífica. Como deja claro el auto de la Audiencia Provincial de
Madrid, un escrache no contiene amenazas ni “violencia física ni fuerza en las
cosas”. La violencia no tiene cabida en ningún tipo de acción democrática y
como actividad que se encuadra dentro del derecho a reunión, los escraches no
son violentos.
Finalmente, los escraches deben ser
limitados en el tiempo. Cualquier persona, representantes políticos incluidos,
debe poder disfrutar de su intimidad y su vida privada y una concentración
prolongada enfrente de su domicilio podría poner este derecho en riesgo. Esto
es algo que también han reconocido los jueces cuando mencionan que, durante los
escraches de 2013 organizados por la PAH, la voluntad era dar visibilidad a sus
demandas y no coaccionar el voto de Soraya Sáenz de Santamaría debido a la
corta duración de la concentración enfrente de su casa (20 minutos).
Guiándonos tan solo por esto cuatro
puntos, podemos ver que las acciones organizadas durante los últimos meses
dirigidas a miembros del Gobierno y de la esfera de Podemos están lejos de ser
escraches. Las concentraciones en la casa de Pablo Iglesias e Irene Montero
están dirigidas a representantes políticos pero no parece que estén motivadas
por una causa concreta más allá del desacuerdo ideológico que expresan las
personas que se concentran en su casa. Además, estas acciones se llevan repitiendo cada día desde hace tres meses y
se han podido escuchar numerosos insultos y amenazas por parte de los
participantes.
De mismo modo, los insultos a la ministra Yolanda Díaz y los golpes contra
su vehículo realizados por personas protaurinas hacen que esa
acción tampoco pueda llamarse un escrache. Igualmente, el encontronazo que tuvo
Juan Carlos Monedero con un grupo de personas en un bar de Sanlúcar tampoco
formaría definirse como escrache ya que, a pesar de su presencia mediática, el
fundador de Podemos no ostenta ningún cargo institucional.
LLAMAR A LAS COSAS POR SU
NOMBRE
El hecho de que un escrache sea legal no
quiere decir que todo el mundo deba considerar que se trata de una acción
justa, ni que deban ser una acción apoyada por todos los grupos sociales. Sin
duda, los escraches son acciones drásticas que pueden hacer que un
representante político se sienta intimidado. Por lo tanto, es legítimo que haya
opiniones a favor y en contra de los escraches. Lo que no parece correcto es
confundir conceptos e intentar confundir a la opinión pública sobre la
naturaleza de una acción, más aún cuando órganos apartidistas como el poder
judicial han proporcionado pautas claras para poder diferenciar un acto legal
como es el escrache de acciones delictivas como el acoso o la coacción.
Históricamente, tanto en España como en
el mundo, los escraches han servido para dar voz a dramas sociales que estaban
silenciados y para exigir a los representantes políticos que rindan cuentas por
no respetar principios democráticos. El acoso político no debería tener lugar
en ningún país democrático, pero cuidar la democracia y el estado de derecho
también consiste en respetar la participación política más allá de las
instituciones y no evitar que se estigmaticen las pocas herramientas de
participación que tienen los grupos que más las necesitan. El ordenamiento
jurídico español ha decidido hace tiempo que los escraches no son acoso. No
legitimemos el acoso llamándolo escraches.
El Salto DdA, XVI/4598
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