Félix Población
Leo estos días un libro muy interesante del que es autora Ana Martínez Rus, profesora de Historia Contemporánea de la
Universidad Complutense. Se titula Milicianas
(Ed. La Catarata) y es un estudio desmitificador de las
mujeres republicanas que combatieron en defensa de la República en la Guerra
Civil.
Tenían sobradas razones para hacerlo, sobre todo aquellas
que eran más conscientes de lo que la instauración del régimen del 14 de abril
de 1931 supuso en la historia de España. El sistema democrático de la
segunda República comportó una notable ampliación de los derechos civiles y
sociales para todos los ciudadanos, pero especialmente para las mujeres, que consiguieron la plena ciudadanía política y social con el reconocimiento del
sufragio y la igualdad jurídica. Se puede afirmar, sin ninguna duda, que fue en
el contexto republicano donde se posibilitaron las condiciones necesarias –pero
no suficientes- para la transformación de las relaciones de género, ya fuera en
el ámbito público como en el privado.
Tal como se podía leer en una revista de la época (Mundo
femenino), en octubre de 1931, la elevación de las mujeres a la "categoría
excelsa de ciudadanas", reconociendo la plenitud derechos igual al hombre, "ha de
merecer por parte de las mujeres españolas un culto perpetuo de gratitud". El
artículo 2 de la Constitución republicana reconocía que todos los españoles son
iguales ante la ley y el artículo 25 establecía que el sexo, la naturaleza, la
filiación, la clase social, la riqueza, las ideas políticas y las creencias
religiosas no podían ser fundamento de privilegio jurídico.
Ayer fue noticia que el Tribunal Constitucional (TC) desestimó
el recurso presentado por el PSOE contra la llamada Ley Wert. Con ello, los
magistrados avalan la financiación pública a colegios que segregan por sexos,
un punto de la LOMCE que incluían los socialistas en su recurso y sobre el que
llevaban debatiendo desde hacía unos meses. Del fallo ha sido
ponente el conservador Alfredo Montoya y cuatro
magistrados han anunciado votos particulares discrepantes, según informa el TC
en una nota. Según fuentes de ese tribunal, un reconocido numerario de la
organización religiosa Opus Dei, el magistrado Andrés Ollero, hizo una "defensa
militante" de los conciertos para esos centros.
A propuesta del Partido Popular y con M. Rajoy como
presidente del Gobierno, el señor Ollero forma parte del Tribunal Constitucional
desde julio de 2012. Desde entonces, no ha habido por su parte la más mínima
reserva como sumando de la mayoría conservadora para dejar constancia de su posición francamente integrista en cuestiones relacionadas con el aborto y el matrimonio entre homosexuales.
Merecería la pena escuchar esa "defensa militante" que don Andrés hizo de la
financiación pública de los colegios del Opus –organización de la que fue
comercial- que segregan a sus alumnos por sexo. Más que nada por saber hasta qué punto y con qué prosa ese señor defiende en esa institución las usanzas nacional-católicas propias de la dictadura que acabó con la segunda República, y que a mi juicio están
en contra del artículo 14 de la vigente Constitución: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
*Artículo publicado también en El Salto.
*Artículo publicado también en El Salto.
DdA, XIV/3816
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