miércoles, 5 de abril de 2017

CONSIDERACIONES SOBRE LA SENTENCIA JUDICIAL CONTRA CASSANDRA VERA



Julián Aceitero Gómez

Los medios de comunicación han divulgado la condena dictada por la Sección 4ª de la Sala Penal de la Audiencia Nacional -AN- contra Cassandra Vera Paz, por considerarla autora de un delito de humillación a las víctimas del terrorismo (1). Porque el citado tribunal interpretó no solo que los tweets de la citada condenada sobre el almirante Luis Carrero Blanco conllevaban su “desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta”, sino también que este militar fue una “víctima del terrorismo” de ETA.

La Historia evidencia que el almirante Carrero Blanco fue un integrante de la casta militar que ejecutó el golpe de Estado de 1936 contra un Gobierno elegido democráticamente durante la República hasta imponer a sangre y fuego una dictadura militar en la que su cabecilla, el general Franco Bahamonde, le nombró presidente del gobierno. Estos datos históricos, para cualquier demócrata que se precie, descartan per se que el citado almirante hubiera sido un hombre de honor y de crédito, pero el citado tribunal de la AN le concedió tales atributos simplemente por ser una víctima del terrorismo de ETA, lo que explicaría que haya sentenciado que aquellos tweets de Cassandra Vera le deshonraron y le desacreditaron.

Y llama la atención que la consideración judicial del citado almirante como “víctima del terrorismo de ETA” se haga sin una reseña histórica que resalte lo obvio: que, en cualquier caso, este terrorismo fue una consecuencia del terrorismo, infinitamente más letal, que el almirante Carrero Blanco y sus compinches de la casta militar perpetraron al ejecutar aquel golpe de Estado e imponer a sangre y fuego una dictadura militar, en la que trepó hasta el cargo de presidente del gobierno. Y puesto que la muerte sorprendió al terrorista Carrero Blanco recién salido de su misa cristiana diaria, quizá convenga recordar aquí aquel refrán popular de origen bíblico: “quien a hierro mata, a hierro muere”.

El Tribunal de la AN sentencia que los tweets de Cassandra Vera sobre el almirante Carrero Blanco constituyen una conducta que es “percibida por cualquier ciudadano como palmariamente ilícita por delictiva”. Sin embargo, muchos ciudadan@s, entre quienes me incluyo, consideramos que la conducta de Cassandra no fue ilícita ni delictiva, porque si con aquellos tweets consiguió “despreciar, burlarse y afrentar” al citado almirante, ¡qué menos se merece un golpista de una persona que se precie de ser demócrata!

Pero que con los mismos tweets Cassandra Vera Paz consiguiera la “deshonra” y el “descrédito” del mismo militar, tal y como aquel tribunal de la AN ha sentenciado, es un despropósito porque supondría atribuir honra y crédito a quien la Historia considera uno de los militares que ejecutaron el golpe de Estado contra un Gobierno legítimo de la República y, en consecuencia, es ajeno a tales atributos. Además, la “cierta cultura” de Cassandra, que en la sentencia se le atribuye, descarta que incurriera en tal despropósito, porque ¿qué lógica tiene tratar de deshonrar y desacreditar a quien ya lo había sido por la Historia y por cualquier persona demócrata que se precie?
 


DdA, XIV/3505

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