¿Imaginan ustedes que un profesor adoctrinara a su alumnado con mensajes
como que sufrir abusos y vejaciones en silencio es una prueba de amor?
Sería inadmisible. Una apología de la pederastia constitutiva de delito
que haría que el perverso docente diera con sus huesos en la cárcel.
Sin embargo, si hablamos de una universidad privada cuyo profesorado
está compuesto por miembros del Opus Dei, la cosa cambia. Imbuidos en la
filosofía sadomaso de la Obra cualquier aberración se puede justificar
como un acto de amor. Y no hablo desde la presunta inquina que supura de
mi recalcitrante ateismo. A las pruebas me remito.
Alumnos de la
Universidad CEU Cardenal Herrera de Valencia han denunciado que una
profesora que imparte Doctrina Social de la Iglesia ( ¿...?) en 3º de
periodismo realizó en plena clase afirmaciones como éstas: "las mujeres
maltratadas no deben separarse porque eso es amor" o "el aborto en el
caso de violación no es tolerable porque dentro de lo terrible de la
violación sacas algo bueno, que es un hijo, un don de Dios".
No puedo
adivinar en qué oscura mazmorra del bondage ultracatólico estudió la
carrera esta señora. Ni el lavado de cerebro al que ha sido sometida
para odiar a su propio género tanto como el dios misógino que adora.
Tuvo que ser un trabajo fino de destrucción de la autoestima femenina.
Una especie de lobotomía del raciocinio que le impide entender que el
amor es incompatible con los palos. Lo preocupante del caso es que una
persona abducida ideológicamente por un credo machista y pernicioso
pueda dar lecciones de anti-ética a futuros periodistas. ¿Qué valores
transmite a su alumnado? Ese dios que predica desde un púlpito académico
ha secuestrado su libertad y su conciencia. Mientras no la
desprogramen, no debe volver a pisar un aula.
En cuanto a sus captores
espirituales, los bizarros integristas del Opus Dei, ya es hora de que
se les clasifique junto a las demás sectas destructivas. Los argumentos
los dan ellos solitos. No se puede permitir que la violación y el
maltrato tengan cátedra.
DdA, IX/2346
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