lunes, 9 de octubre de 2017

CATALUÑA Y KOSOVO: QUIEN SIEMBRA VIENTOS RECOGE TEMPESTADES

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John Laughland*
*Director de estudios del Institut de la Démocratie et de la Coopération (París), filósofo e historiador. De nacionalidad británica, es autor de varias obras históricas y geopolíticas traducidas a siete lenguas.
(Traducido del francés por Beatriz Morales Bastos)

El precedente de Kosovo arrojó “a la papelera de la historia” los principios del derecho internacional, antaño estables, que prohibían la declaración unilateral de independencia. Según John Laughland, España sufre las consecuencias de ello.
Parece inevitable que las autoridades catalanas declaren dentro de poco su independencia y que el Estado español responda derogando la autonomía de esta comunidad autónoma y despache así a los independentistas. En esta hipótesis es de temer futuras confrontaciones entre la policía y los independentistas. Las que se filmaron y difundieron el 1 de octubre, día del referéndum, ya han provocado reacciones. La condena de la violencia y los llamamientos al diálogo son oportunos.
Qué contraste con el silencio total respecto a la extrema violencia utilizada contra los independentistas en el este de Ucrania, en Donbass, contra los que Kiev desplegó no solo a la policía sino también a su ejército. Si Madrid envía al ejército español a Barcelona, los comentaristas gritarán que es una vuelta al franquismo. Mencionarán la gloria de la Barcelona republicana durante la guerra civil española y el heroísmo de las Brigadas Internacionales. Pero cuando Kiev despliega unas milicias nazis contra los independentistas no se habla de ello y se silencia el carácter claramente ciego de los bombardeos que sufrieron las ciudades rebeldes. El día que haya una Anna Tuv catalana todo el mundo estará al corriente, pero la mayor parte de la opinión pública sigue desconociendo la triste historia de esta mujer ucraniana, víctima de los bombardeos ucranianos que mataron a su hija y a su marido en en 2015.
En realidad, el apoyo a los movimientos independentistas siempre ha sido de geometría variable, es decir, totalmente contradictorio. Son particularmente flagrantes las incoherencias que intervienen cuando una secesión oculta otra. Cuando la república soviética de Moldavia proclamó su independencia en agosto de 1991 estaba bien. Pero cuando la república de Transnistria declaró su independencia de Moldavia en 1992 no estaba bien. Cuando Bosnia-Herzegovina se secesionó de Yugoslavia estaba bien. Pero cuando la república serbia se secesionó de Bosnia-Herzegovina la ONU envió a sus Cascos Azules para impedirlo y ello durante tres años de guerra. Cuando Estados Unidos proclamó su independencia de Gran Bretaña se abrieron nuevos horizontes para toda la humanidad, pero cuando los estados confederados declararon su independencia de Estados Unidos, el mundo se sumió en una nueva era de tinieblas. La causa por la que lucharon está tan deshonrada que todavía hoy se quitan las estatuas dedicadas a sus generales. Se pueden multiplicar casi hasta el infinito los ejemplos de secesiones condenadas (Rhodesia, Chipre del Norte) o apoyadas (Timor Oriental, Sudán del Sur).
En estas condiciones de desconcierto intelectual puede parecer fastidioso hablar de derecho. Este enfoque, que es el de Madrid, se puede volver rápidamente problemático porque desde El diálogo de los melios que cuenta Tucídides sabemos que en política los grandes retos se deciden no por medio del derecho sino por medio de la fuerza. Théophile Delcassé, ministro de Asuntos Exteriores francés en el momento de la crisis de Fachoda en 1898, cuando el ejército británico expulsó a las tropas francesas de un puesto militar en el sur de Sudán, resumió muy bien el dilema de la siguiente manera: “Ellos [los británicos] tienen soldados. Nosotros solo tenemos argumentos”. Ahora bien, sin duda los catalanes son menos fuertes que España en el plano militar, pero también tienen armas de propaganda no desdeñables, la más poderosa de las cuales es su llamado estatuto de víctimas.
Sin embargo, existe una buena jurisprudencia sobre la cuestión de la independencia: aparte de las situaciones del colonialismo o los casos de violaciones graves de los derechos humanos, la jurisprudencia internacional considera que no existe un derecho general a la independencia unilateral o a la secesión. La integridad territorial de los Estados existentes, sobre todo si son democráticos y respetuosos del Estado de derecho, no puede ser puesta en tela de juicio por una declaración unilateral, sea esta consecuencia de un referéndum o no. Uno de los precedentes judiciales más conocidos para esta postura es la sentencia del Tribunal Supremo de Canadá de 1998 que estipuló que Quebec no disponía de un derecho unilateral de independencia: “Quebec no podría, a pesar de un resultado referendario claro, invocar un derecho a la autodeterminación para dictar a las demás partes en la federación las condiciones de un proyecto de secesión”. Viniendo de un país eminentemente democrático, esta sentencia suponía una autoridad también en el derecho internacional que de manera explícita y repetida confirma en sus propios documentos el principio de integridad territorial de los Estados (ejemplo, Artículo 2.4 de la Carta de la ONU, Resolución 2625 de la Asamblea General de la ONU del 24 de octubre de 1970).
Es cierto que en la historia de las relaciones internacionales estos principios son costumbres que las grandes potencias consideran que es más honroso violar que observar. Pero esta relativa estabilidad del derecho internacional voló en pedazos en 2010 a causa de una sentencia extremadamente lamentable de la Corte Internacional de Justicia, el órgano judicial supremo de la ONU y una instancia que hasta esa fecha había actuado como guardián respetable del derecho internacional. Abordado por la Asamblea General de la ONU sobre la cuestión de la licitud de la declaración de independencia de Kosovo en 2008, una cuestión sobre la que Serbia estaba convencida que solo había una respuesta posible porque el estatuto de su provincia meridional estaba gobernado por una resolución del Consejo de Seguridad (la resolución 1244 de junio de 1999) y porque su iniciativa había recibido una gran mayoría de votos de los Estados miembros de la ONU en el seno de la Asamblea Nacional, la Corte Internacional de Justicia dictaminó, para gran decepción de Belgrado, que esta declaración no violaba “ninguna regla aplicable al derecho internacional”.
Ahora bien, sabemos que las manos de quienes redactaron la declaración de Kosovo de febrero de 2008 estaban sostenidas por Estados miembros de la Unión Europea (con algunas excepciones, entre ellas España), que a partir de entonces gobernará la provincia por medio de una nueva agencia, EULEX, y por Estados Unidos, verdadero autor de la guerra de la OTAN de 1999, cuya consecuencia fue la ocupación de esta provincia por sus tropas. Por otra parte, la famosa declaración de independencia de Kosovo en realidad es una declaración de dependencia de la provincia respecto a la OTAN y la Unión Europea, que forman parte de la minoría de Estados que reconocen esta independencia. ¿Acaso estas grandes potencias habían logrado pesar en las reflexiones de los jueces de La Haya, quizá por mediación del juez británico Sir Christopher Greenwood, exprofesor de derecho que trabajaba en la sombra para el Gobierno de Tony Blair y que estuvo en el origen del célebre notificación legal del Gobierno británico en 2003 que proclamaba que la guerra de Iraq era legal?
Lo que es seguro es que es perfectamente falsa la afirmación de algunos gobiernos prokosovares de que Kosovo sería un caso único que no supondría precedente alguno para otras declaraciones de independencia. Puesto que la Corte Internacional de Justicia concluyó que esta declaración no había violado ninguna regla del derecho internacional, por definición hay que argumentar, como hace la Corte, que el derecho internacional no contiene ninguna prohibición general aplicable a las secesiones unilaterales. Por consiguiente, están autorizadas y la salvaguarda de la integridad territorial de los Estados es letra muerta. A partir de ahora la sentencia canadiense está en la papelera de la historia.
Desde la secesión de Crimea en 2014 sabemos cuáles son las consecuencias de esta sentencia: es moralmente insostenible apoyar la secesión en 2008 de Kosovo de un Estado, Yugoslavia, que se había vuelto perfectamente democrático (según Occidente) en 2000, y, sin embargo, condenar la secesión de Crimea de la Ucrania golpista en 2014. Por consiguiente, esta sentencia echó leña al fuego y ahora vemos las consecuencias de ello en el propio seno de esta Europa que, España incluida, atacó Yugoslavia en 1999. Dicho de otra forma: quien siembra vientos, recoge tempestades.

DdA, XIV/3658

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