Julián Aceitero Gómez
Los medios de comunicación han
divulgado la condena dictada por la Sección 4ª de la Sala Penal de la Audiencia
Nacional -AN- contra Cassandra Vera Paz, por considerarla autora de un delito
de humillación a las víctimas del
terrorismo (1). Porque el citado tribunal interpretó no solo que los tweets de la citada condenada sobre el almirante
Luis Carrero Blanco conllevaban su “desprecio, deshonra, descrédito, burla y
afrenta”, sino también que este militar fue una “víctima del terrorismo” de
ETA.
La Historia evidencia que el
almirante Carrero Blanco fue un integrante de la casta militar que ejecutó el
golpe de Estado de 1936 contra un Gobierno elegido democráticamente durante la
República hasta imponer a sangre y fuego una
dictadura militar en la que su cabecilla, el general Franco Bahamonde, le
nombró presidente del gobierno. Estos datos históricos, para cualquier
demócrata que se precie, descartan per se
que el citado almirante hubiera sido un hombre de honor y de crédito, pero el
citado tribunal de la AN le concedió tales atributos simplemente por ser una
víctima del terrorismo de ETA, lo que explicaría que haya sentenciado que
aquellos tweets de Cassandra Vera le
deshonraron y le desacreditaron.
Y llama la atención que la
consideración judicial del citado almirante como “víctima del terrorismo de
ETA” se haga sin una reseña histórica que resalte lo obvio: que, en cualquier
caso, este terrorismo fue una consecuencia del terrorismo, infinitamente más
letal, que el almirante Carrero Blanco y sus compinches de la casta militar
perpetraron al ejecutar aquel golpe de Estado e imponer a sangre y fuego una dictadura militar, en la que trepó hasta el cargo
de presidente del gobierno. Y puesto que la muerte sorprendió al terrorista
Carrero Blanco recién salido de su misa cristiana diaria, quizá convenga
recordar aquí aquel refrán popular de origen bíblico: “quien a hierro mata, a hierro muere”.
El Tribunal de la AN sentencia que
los tweets de Cassandra Vera sobre el
almirante Carrero Blanco constituyen una conducta que es “percibida por
cualquier ciudadano como palmariamente ilícita por delictiva”. Sin embargo,
muchos ciudadan@s, entre quienes me incluyo, consideramos que la conducta de
Cassandra no fue ilícita ni delictiva, porque si con aquellos tweets consiguió “despreciar, burlarse y
afrentar” al citado almirante, ¡qué menos se merece un golpista de una persona
que se precie de ser demócrata!
Pero que con los mismos tweets Cassandra Vera Paz consiguiera la
“deshonra” y el “descrédito” del mismo militar, tal y como aquel tribunal de la
AN ha sentenciado, es un despropósito porque supondría atribuir honra y crédito
a quien la Historia considera uno de los militares que ejecutaron el golpe de
Estado contra un Gobierno legítimo de la República y, en consecuencia, es ajeno
a tales atributos. Además, la “cierta cultura” de Cassandra, que en la
sentencia se le atribuye, descarta que incurriera en tal despropósito, porque
¿qué lógica tiene tratar de deshonrar y desacreditar a quien ya lo había sido
por la Historia y por cualquier persona demócrata que se precie?
DdA, XIV/3505
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