martes, 14 de agosto de 2012

LAS LEYES RACIALES DEL FRANQUISMO Y LA SHOÁH



Cristina Calandre Hoenigsfeld

Varias son las normas y disposiciones que nos permiten asegurar la implicación del franquismo en el Holocausto, para acabar con el mito de que Franco ayudó a los judíos, pues solo lo hizo en casos aislados. Las leyes raciales fascistas son un conjunto de medidas legislativas y administrativas dirigidas principalmente contra personas judías. Ya fueron lanzadas en Italia en 1938, inicialmente por le régimen fascista y habían sido promulgadas en 1935 en las leyes de Nuremberg con el auge del nazismo en Alemania. Estas leyes les negaban a los judíos la ciudadanía alemana y les prohibían casarse con personas arias. También tenían limitados el acceso a los colegios, universidades y muchos trabajos, privándoles de los más elementales derechos ciudadanos, como el del voto.

En esta línea van las dos siguientes leyes, emitidas por el gobierno franquista, nada más vencer en la Guerra de España, año 1939, influenciados por sus aliados. Una se refiere a la entrada y salida de España y otra a la depuración de médicos. Tienen en común, que el ministro falangista de Gobernación, Ramón Serrano Suñer, cuñado del dictador Franco, participa en ambas.

1).- ORDEN Nº 90-1849 DEL 11 .05.1939 “NORMAS PARA EL PASO DE LAS FRONTERAS ESPAÑOLAS Y MODELO DE SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA ENTRAR EN ESPAÑA”.
En su apartado 2ª Entrada de extranjeros en España se dice: "Los súbditos extranjeros que deseen entrar en España deberán acudir a nuestra Representación consular en el lugar de su residencia, habitual o accidental…. Los Cónsules nacionales cuidarán especialmente de la expedición y visado de pasaportes, ateniéndose a las siguientes pautas: a) Deberá negarse el pasaporte y en su caso el visado: A los que hayan mantenido una actitud contraria a la Causa Nacional; a los que hayan sostenido relaciones comerciales con los rojos; a los que hayan desempeñado puestos directivos en Empresas ó Sociedades establecidas en territorio rojo 0 mantuvieran relaciones con los rojos , o tuvieran marcado carácter judío; a los judíos , excepto aquellos en los que concurran especiales circunstancias de amistad con España y adhesión probada al Movimiento Nacional, a los masones…..”

Teniendo en cuenta las fechas, muchos de los judíos que huían del nazismo se vieron devueltos a Francia por no cumplir con esos requisitos, y sabemos luego lo que les ocurrió en los campos de exterminio, donde fueron asesinados. Responsables directos de esta Orden fueron los ministros de Gobernación Ramón Serrano Suñer y Gómez Jordana, del Ministerio de Exteriores.

Nos volvemos a encontrar con el cuñado falangista del dictador Francisco Franco, Ramón Serrano Suñer, firmando la siguiente Orden antisemita, también como Ministro de Gobernación: 2) ORDEN DE 6 DE OCTUBRE DE 1939 DANDO NORMAS PARA LA DEPURACIÓN POR EL COLEGIO DE MEDICOS DE LA CONDUCTA POLITICO SOCIAL DE SUS MIEMBROS.“ Artículo segundo: Podrán ser motivos de sanción o de suspensión del derecho a colegiarse los siguientes…….g) El haber servido positivamente a la obra revolucionaria marxista, judaica y anarquizante , en cualquiera de los sectores de la sociedad española antes o después del Movimiento Nacional, y de un modo preferente, aquellos que hubieran realizado actos aprovechando su condición de médicos….”

Entre los casos aislados de judíos salvados está el de mis abuelos maternos, pues mi abuela Rosa Hoenigsfeld cuando necesitó pasar en junio de 1939 desde Francia la frontera a España, huyendo del nazismo, tuvo que buscar un aval, el del Marqués de Ibarra, para poder cumplir los requisitos de dicha orden del 11 de mayo de 1939 que hemos comentado anteriormente. Lo cual nos prueba que dicha Orden estaba operativa, pues en dicho Aval, que conservo, se pone exactamente lo que dicha orden solicita. “…..El abajo firmante mayor de edad garantiza la bondad de conducta y plena adhesión al Movimiento Nacional de Doña Rozalia Hoenigsfeld y de la certeza de los motivos de su viaje a España”. Madrid 10 de Junio de 1939, Año de la Victoria.

Debía el Marqués agradecimiento a mis abuelos, ya que durante la Guerra de España le salvaron la vida a él y a su familia, cuando mi abuelo Esteban dirigía el Hogar Polaco, en el palacio del Marqués, situado en la Glorieta de Rubén Darío. Además mis abuelos acababan, el 4 de Febrero de 1939, de convertirse al catolicismo en la Capilla Española de París y recibido el bautismo en ese mismo día, pues ya se imaginaban lo que les iba a esperar en la España católica apostólica y franquista.

Según nos dice el historiador Bernd Rother en su libro Franco y el Holocausto (página 133 ), el decreto del 11 de mayo de 1939 estuvo vigente en su totalidad por lo menos hasta diciembre de 1942, lo que nos puede dar una idea de la implicación del Estado Franquista en pleno periodo de la aplicación de la “solución final”, que hizo que perecieran mis antepasados judíos polacos (seguramente con esa normativa no hubieran podido entrar en España ), aunque mis abuelos y madre se salvaron gracias a la habilidad y suerte que tuvieron. Aún así , según sus visados y documentos, parece que en septiembre de 1938 pensaban irse a Cuba y en abril de 1942 a la Argentina .

2 comentarios:

epi dijo...

No hay mayor ignaro que el que critica lo que desconoce

Anónimo dijo...

No se critica lo que se desconoce, se cuenta lo que se ha vivido.

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